Aprueban el Reglamento del artículo 21º de la Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos.

Decreto Supremo N° 004-2009-VIVIENDA

Se aprueba el Reglamento del artículo 21º de la Ley Nº 28687, Ley de desarrollo y complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos, modificado por la Ley Nº 29320.

El presente Reglamento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, y será publicado en el portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) en la mima fecha.

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