Aprueban Norma Técnica Complementaria denominada “Servicios de Vigilancia ATS”.

R.D. N° 255-2014-MTC/12.-

Se hace mención que el artículo 2° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N°050-2001-MTC señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las normas técnicas complementarias;

Mediante la presente Resolución establecen aprobar el texto de la Norma Técnica Complementaria denominada “Servicios de Vigilancia ATS”, que forma parte integrante de la resolución.

Hacer mención que la Norma Técnica Complementaria tiene como objetivo:

a.     Establecer las capacidades de los sistemas de vigilancia ATS, los procedimientos respecto al empleo de los sistemas de vigilancia ATS, de los respondedores SSR, los procedimientos generales de uso de los sistemas de vigilancia ATS y los procedimientos a utilizar en caso de emergencias, peligros y fallas de los equipos.

b.     Establecer los requisitos de las comunicaciones y de los tipos de presentación de la información de los sistemas de vigilancia ATS.

c.     Establecer los procedimientos relativos al empleo de los sistemas de vigilancia ATS en el servicio de control de tránsito aéreo y de información de vuelo y de alerta.

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