R.M N° 030-2011-PRODUCE
Esta norma dispone la suspensión de las actividades extractivas de los recursos anchoveta y anchoveta blanca realizadas por embarcaciones artesanales con redes de cerco, a partir de las 00:00 horas del día 2 de febrero de 2011, en el área marítima indicada por la citada norma, por un período de diez (10) días calendario.