R.M. N° 057-2010-PRODUCE
Se suspende las actividades extractivas del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus), a partir de las 00:00 horas del quinto (5to )día calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Además el Instituto del Mar del Perú- IMARPE, efectuará el monitoreo y el seguimiento de los principales indicadores, poblacionales y pesqueros del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de Producción las medidas de ordenamiento pesquero.