La presente norma aprueba los formularios virtuales enumerados a continuación:
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Formulario Virtual Nº 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2 de la Ley, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera).
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Formulario Virtual Nº 706: Renta Anual 2017 – Tercera Categoría.
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PDT Nº 706: Renta Anual 2017 – Tercera Categoría e ITF.
El PDT Nº 706 estará a disposición de los deudores tributarios en SUNAT Virtual a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.
El Formulario Virtual Nº 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural y el Formulario Virtual Nº 706 estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 19 de febrero de 2018.
Se indica que los sujetos obligados a presentar la Declaración conforme al artículo 3, o que sin estarlo opten por hacerlo, lo harán mediante el Formulario Virtual Nº 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural, o el Formulario Virtual Nº 706 o el PDT Nº 706, según corresponda.
Así mismo, los sujetos que hubieran obtenido rentas distintas a las de tercera categoría y se encuentren obligados a presentar la Declaración, o que sin estarlo opten por hacerlo, están obligados a declarar los ingresos exonerados del Impuesto que califiquen como renta distinta a la de tercera categoría, siempre que el monto acumulado de dichos ingresos durante el ejercicio gravable 2017 exceda de 2 UIT correspondientes al referido ejercicio.
Si desea ver a detalle la norma, dele clic al enlace de esta en la parte posterior.