SUSTITUYEN RELACIÓN DE IMPORTADORES FRECUENTES APROBADA POR RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 00031-2015-SUNAT/300000

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS

Nº 00039-2016-SUNAT/300000

Mediante la presente Resolución, se excluye de la Relación de Importadores Frecuentes aprobada por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 00031-2015-SUNAT/300000 por incumplimiento de los requisitos del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 193-2005-EF, a los importadores cuyos números de Registro Único de Contribuyentes (RUC) se detallan en el Anexo 1 de la presente Resolución. Siendo que, se deberá comunicar a los importadores excluidos los motivos correspondientes de dicha exclusión, dentro del plazo de quince días calendarios.

 

La presente Resolución, junto a sus anexos, se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano.

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