Res. N° 19-2014/SUNAT/SC0000.-
Modifican el inciso d) del numeral 3 del literal a.7 de la sección VII del Procedimiento Genera ¨Autorización y Acreditación de Operadores de Comercio Exterior¨ INTA-PG.24 (versión 2), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 238-2008/SUNAT/A y modificatorias.
“d) Registro automatizado que asegure la trazabilidad de los bienes destinados al régimen aduanero especial de material de uso aeronáutico desde su ingreso, permanencia, movilización y salida del recinto autorizado, permitiendo que se realice la consulta por mercancía y por declaración.”