Res. N° 09-2014-SUNAT/5C0000.-
Aprueban el Procedimiento Específico de “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración”, INTA-PE.00.11 (versión 2).
A su vez, dejan sin efecto el Procedimiento Específico de “Solicitud de Rectificación Electrónica de Declaración” INTA-PE.00.11 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 003-2010/SUNAT/A, publicada el 6.1.2010.
La resolución entrará en vigencia a partir del 06 de octubre de 2014, excepto para la Intendencia de Aduana Marítima del Callao y lo dispuesto en el artículo 3° de la Resolución, cuya vigencia será a partir del 12 de enero de 2015.