Aprueban la aplicación de determinadas facultades discrecionales para la Intendencia de Aduana Marítima del Callao y para la Intendencia de Aduana Aérea del Callao

Res. N° 629-2010/SUNAT/A

Se aprueba para la Intendencia de Aduana Marítima del Callao y para la Intendencia de Aduana Aérea del Callao la facultad discrecional de no determinar ni sancionar las infracciones establecidas en el numeral 5 del inciso a), numeral 1 del inciso e), y numeral 3 del inciso f) del artículo 192° de la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N° 1053, siempre que se cumpla con las condiciones establecidas.

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