Establecen cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias correspondientes al año 2008

Res. N° 233-2007/SUNAT

La presente resolución establece que los deudores tributarios deberán cumplir con realizar el pago de los tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales, tributos retenidos o percibidos, así como con presentar las declaraciones relativas a los tributos a su cargo, administrados y/o recaudados por la SUNAT correspondientes a los periodos tributarios de enero a diciembre del año 2008, de acuerdo con el cronograma detallado en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la resolución a la cual hacemos referencia. Adicionalmente, se han publicado los Anexos N° 2 y 3, que se refieren a los vencimientos para las obligaciones tributarias de vencimiento semanal cuya recaudación efectúa la SUNAT y los vencimientos para el pago del impuesto a las transacciones financieras, respectivamente. 

 

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