Dictan normas para la aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 132-2007-EF.

Res. N° 176-2007/SUNAT

Se han aprobado las normas para la aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 132-2007-EF, el cual establece en qué supuestos el requisito del inciso b) del artículo 36° del TUO del Código Tributario referido a que las deudas tributarias objeto de aplazamiento y/o fraccionamiento no hayan sido materia de aplazamiento y/o fraccionamiento anterior.

La presente norma entrará en vigencia a partir del 1 de Octubre de 2007.

El detalle de la norma será enviado en un Informativo el día de hoy.

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