Aprueban disposiciones relativas al beneficio de devolución del ISC dispuesto por la Ley No. 28310 al servicio público de transporte ferroviario de pasajeros y de carga.

Res. No. 162-2007/SUNAT

Se ha dispuesto que los porcentajes que representan la participación del ISC en el precio por galón del combustible a que hace referencia el inciso b) del artículo 9° del Decreto Supremo No. 005-2005-EF(Reglamento de la Ley No. 28310), sean los siguientes:

PERÍODO

PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN DEL ISC

Diesel 1%

Diesel 2%

Mayo 2007

23.2%

19.2%

Junio 2007

22.8%

18.6%

Julio 2007

22.8%

18.6%

 

 

 

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