Resolución N° 535-2006/SUNAT/A
Se ha autorizado a la Intendencia de Aduana Marítima del Callao para que no considere los días 20 al 25 de setiembre de 2006 en el cómputo de los plazos y términos establecidos en el TUO de la Ley General de Aduanas y su Reglamento.
Dicha Resolución tiene como fin no perjudicar los trámites vinculados con el proceso de manifiesto de carga y en los regímenes, operaciones y destinos aduaneros especiales o de excepción que se vieron afectados por la paralización de labores realizada por parte de los trabajadores de ENAPU S.A.