Ley que restablece la vigencia de la Ley 29285 y establece una compensación que impulse la conectividad en el departamento de loreto

LEY N° 30712

La presente ley establece por un 1 año el plazo de aplicación de la Ley 29285, Ley que establece la emisión de Documentos Cancelatorios – Tesoro Público para el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV) que grave los servicios de transporte aéreo de pasajeros desde o hacia la ciudad de Iquitos, el mismo que rige a partir del 1 de enero de 2018.

Así mismo se establece, a partir del 1 de enero de 2019, una compensación económica para impulsar la conectividad en el departamento de Loreto, consistente en la sustitución del beneficio regulado en la Ley 29285, por una transferencia de recursos a favor del Gobierno Regional de Loreto en monto equivalente a los Documentos Cancelatorios – Tesoro Público emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas al amparo de dicha ley durante el año 2016, que se actualizarán anualmente utilizando el deflactor implícito del Producto Bruto Interno (PBI).


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