Ley que modifica el Art. 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, disponiendo el pase libre en el servicio de transporte público terrestre para Personas con Discapacidad Severa

Disponen el
pase libre en el servicio de transporte público terrestre urbano e interurbano,
para las personas con discapacidad severa.

Modifican el
artículo 20 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, a fi n
de incorporar el párrafo 20.4, sobre “Accesibilidad en el transporte público
terrestre”.

El Poder
Ejecutivo adecúa el Decreto Supremo 002-2014-MIMP, que aprueba el Reglamento de
la Ley General de la Persona con Discapacidad, en el plazo de 30 días hábiles
de publicada la Ley.
Dejan sin
efecto y derogan las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

La Ley entra
en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

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