Ley que delega al Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, aduanera y de delitos tributarios y aduaneros

Ley N° 29884

Se decide delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria, aduanera y de delitos tributarios y aduaneros por un plazo de 45 días calendario, contados a partir del día de mañana.

Las facultades delegadas son las siguientes:

  • Facultad de modificar el código tributario a fin de perfeccionar el marco normativo vigente que permita mejorar la competitividad del país y elevar los niveles de recaudación.
  • Facultad de modificar la Ley del Impuesto a la Renta con el fin de perfeccionar su estructura y administración.
  • Dictar normas para sancionar eficazmente los delitos tributarios a efectos de evitar la comisión de dichos ilícito, y para incorporar nuevos tipos penales.
  • Racionalizar los beneficios tributarios existentes, prorrogando o eliminando las exoneraciones, beneficios e incentivos tributarios vigentes sujetos a plazo, respetando los principios de razonabilidad, neutralidad, equidad, no retroactividad de las normas, sin incluir los de carácter geográfico regional, previa evaluación de la necesidad de su permanencia
  •  Modificar la Ley dl IGV e ISC a fin de perfeccionar algunos supuestos de nacimiento del a obligación tributaria, determinación de la base imponible y la obligación tributaria, la determinación de la base imponible y la aplicación del crédito fiscal, así como la regulación aplicable a las operaciones de exportación, cubrir vacios legales y supuestos específicos de evasión y elusión tributaria
  • Perfeccionar los sistemas de pago del IGV a fin de flexibilizar su aplicación y mejorar los mecanismos de control respetando los principios de razonabilidad y proporcionalidad.
  • Fortalecer la regulación de los medios de pago como mecanismos de formalización y control tributario.
  • ·Modificar la Ley General de Aduanas, respecto a las obligaciones de los operadores de comercio exterior, la agilización de los procesos para el ingreso y salid de mercancías, del régimen tributario aduanero de envíos postales, la optimización en la gestión de riesgos, la disposición de mercancías y las infracciones y sanciones.
  • Simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a favor de los contribuyentes
  •  Fortalecer al Tribunal Fiscal con la finalidad de optimizar el ejercicio de sus funciones, así como autorizar la designación de cargos directivos del Tribunal Fiscal, previo concurso público, exceptuándose para tal efecto de las restricciones presupuestales aplicables.
  • Modificar las leyes que regulan los procesos judiciales vinculados a materia tributaria y/o aduanera, y regular las medidas cautelares dictadas por los órganos jurisdiccionales que estén vinculadas a las materias antes señaladas, sin que ello incluya materia relativa a ley orgánica.
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