Ley que promueve la emisión de valores mobiliarios y fortalece el mercado de capitales.

Ley Nº 29720

Mediante esta norma se aprueba la norma que busca facilitar la obtención de capital por parte de las sociedades desde el mercado de valores, e incrementa las facultades fiscalizadoras de la Conasev.

La norma establece, entre otros aspectos, que “tratándose de aumentos de capital por oferta pública primaria, se pueden emitir y transferir certificados de acciones de manera previa a la inscripción registral del aumento de capital correspondiente”.

Precisa que dicho procedimiento se hace siempre que la emisión de las acciones esté sujeta al pago del 100% de su valor nominal. “En dicho caso, las acciones pueden transferirse libremente, no resultando aplicables las normas de cesión de derechos”, añade el texto.

Asimismo, establece que el registrador público tiene por válido el aumento de capital y debe inscribirlo por el mérito de la resolución que emita Conasev, disponiendo la inscripción de los valores en el Registro Público del Mercado de Valores.

Para finalizar, también se establece que las sociedades o entidades distintas a las que se encuentran bajo la supervisión de Conasev, cuyos ingresos anuales por venta de bienes o prestación de servicios sean iguales o excedan a 3 mil UIT, deben presentar a dicha entidad sus estados financieros.

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