Ley que modifica el Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.

 
Ley Nº 29645

Mediante esta norma se efectúan algunas modificaciones al Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, entre las que figura la incorporación del literal q) al artículo 19 del T.U.O de la Ley del impuesto a la Renta, referido a los intereses y demás ganancias provenientes de créditos externos concedidos al Sector Público Nacional.

Así mismo, se sustituye el inciso c) del artículo 54 de la Ley estableciéndose como tasa imponible a las personas naturales el 4.99%, respecto de la generación de intereses, cuando los pague o acredite un generador de rentas de tercera categoría que se encuentre domiciliado en el país.

 

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