Ley que modifica diversos artículos de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales

Ley N° 29470

Mediante esta norma se modifican diversos artículos de la Ley  de Elecciones Regionales, incorporando  la segunda vuelta electoral. Asimismo, se establece  que los movimientos políticos regionales se sujetarán a las mismas condiciones de inscripción que tienen hoy en día los partidos políticos con la finalidad de participar en los comicios edilicios y regionales. Además, se dispone que  la segunda vuelta regirá en aquellas circunscripciones donde ninguno de los candidatos a una presidencia regional haya alcanzado el 30% de votos válidos.

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