Ley que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Ley N° 29335

Mediante esta Ley se modifica el inciso c) del artículo 31º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo (aprobado por D.S. Nº 055-99-EF y normas modifiactorias), de acuerdo al siguiente texto.

TEXTO ANTERIOR

TEXTO NUEVO

Artículo 31. Retenciones y percepciones.

(…)

c) Solicitar la compensación a pedido de parte, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en la Décimo Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 981. Esta solicitud podrá efectuarse a partir del periodo siguiente a aquel en que se generaron las retenciones o percepciones no aplicadas.

Artículo 31. Retenciones y percepciones.

(…)

c) Solicitar la compensación a pedido de parte, en cuyo caso será de aplicación lo dispuesto en la Décimo Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 981.

 

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