Ley N° 29281
Mediante esta ley se incorpora el numeral 5.3 al artículo 5º de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, referido a la distribución del Canon.
Asimismo, se dispone que el Poder Ejecutivo dicte las medidas reglamentarias de la presente ley en un plazo de sesenta (60) días calendario.