Ley que modifica los Artículos 563º, 564º y 675º del Código Procesal Civil sobre alimentos.

Ley N° 29279

Se modifican los artículos 563º, 564º y 675º del Código Procesal Civil, referidos a la prohibición de ausentarse del país, el informe del centro de trabajo del demandado y la asignación anticipada, en materia de alimentos.

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