Ley N° 28746
Mediante la presente ley se modifica el artículo 51° de la Ley de situación policial del personal de la Policía Nacional del Perú (Decreto Legislativo N° 745), estableciéndose que la edad límite para pasar a la Situación de Retiro es variable, de acuerdo con las escalas correspondientes a los oficiales policiales; estableciéndose excepciones para el personal policial que accede por la modalidad de Acceso Directo a la categoría de Oficiales Policiales, acogiéndose a lo previsto en el artículo 33° de la Ley N° 27238, y para los Oficiales Policiales en situación de actividad que, con anterioridad a la promulgación del Decreto Legislativo N° 745, pasaron a integrar la actual Policía Nacional del Perú.