RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 08-2017-MINAM
Mediante la presente Resolución, se modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos–TUPA del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE, siendo que se eliminan los requisitos innecesarios en los siguientes procedimientos:
-
Procedimiento 2.- Recurso de Apelación derivado de Procedimientos de Selección cuyo Valor Estimado o Referencial sea Igual o Menor a Sesenta y Cinco Unidades Impositivas Tributarias (65 UIT);
-
Procedimiento 3.- Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales;
-
Procedimiento 4.- Renovación de Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales;
-
Procedimiento 5.- Modificación de Inscripción en el Registro Nacional de Consultoras Ambientales;
-
Procedimiento 6.- Evaluación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado–EIA-d;
-
Procedimiento 07.- Modificación del Estudio de Impacto Ambiental Detallado–EIA-d; y,
-
Procedimiento 9.- Clasificación de Estudios Ambientales
Todo lo anterior, conforme a lo consignado en el TUPA indicado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, la misma que se encuentra publicada en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe), en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles – SENACE (www.senace.gob.pe) y, en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente – MINAM (www.minam.gob.pe).