Comunicado de la SNI por investigación de Indecopi a tubos LAC procedentes de China

COMUNICADO N° 001- SNI-2025
Respecto a los procedimientos antidumping contra productos procedentes de China, específicamente de Tubos LAC, cuya investigación ha iniciado recientemente el Indecopi, la Sociedad Nacional de Industrias (SNI), considera relevante informar lo siguiente:
• En los últimos 20 años, China incrementó su industria siderúrgica en 700%, llegando a alcanzar el 55% de la producción mundial de acero. Esto ha generado graves consecuencias a nivel internacional, particularmente en América Latina con su acero a precios predatorios, afectando seriamente a la industria siderúrgica de la región.
• Los tubos de acero laminado en caliente (LAC) procedentes de China ingresan al mercado peruano con un precio 23% menor que el producto nacional. Esto obliga a las empresas locales a vender por debajo de los costos razonables de producción, lo cual genera pérdidas en esta línea de productos y afecta su sostenibilidad. Incluso la bobina, materia prima para la fabricación de los tubos, se importa a un precio mayor que el producto final. Un contrasentido que no responde a ninguna eficiencia productiva ni comercial, sino a políticas estatales de subsidios que le permiten a China exportar a precios artificiales y predatorios, en directo perjuicio de los mercados donde ingresan sus productos.
• A diferencia de Estados Unidos, Canadá, Brasil, Argentina, México, Colombia, Ecuador, Australia y la Unión Europea, entre otros, que cuentan con mecanismos de defensa comercial, el Perú aún no tiene medidas similares. Esto genera evidentes condiciones de competencia desleal y coloca a los productores nacionales en una grave situación de riesgo, con la consiguiente afectación del empleo en el sector.
• Consideramos que es importante la aplicación de medidas provisionales por parte del Indecopi para evitar mayores daños en las industrias del sector. También las autoridades del Gobierno deben observar cuidadosamente el panorama nacional e internacional y adoptar las medidas que se requieran a fin de evitar perjuicios al aparato productivo y al empleo nacional.
Lima, 10 de marzo de 2025
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